ley · BOE-A-2006-12057
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/7/2006
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta ley reguló el régimen especial de la Villa de Madrid como capital del Estado y sede de las instituciones generales, estableciendo su organización de gobierno municipal y las relaciones entre las Administraciones estatal, autonómica y local en la ciudad.
A quién afecta: El Ayuntamiento de Madrid, la Comunidad de Madrid y la Administración General del Estado en sus relaciones institucionales en la capital.
- El artículo 1 regula el régimen especial de la Villa de Madrid y sus peculiaridades como capital del Estado y sede de las instituciones generales.
- El artículo 5 crea la Comisión Interadministrativa de Capitalidad, con igual número de miembros de las tres Administraciones, presidida por el Estado.
- El artículo 8 establece el fuero especial para exigir la responsabilidad penal y civil del Alcalde, los Tenientes de Alcalde y los Concejales de Madrid conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
¿Qué órgano preside la Comisión Interadministrativa de Capitalidad creada por esta ley?
El Estado, según el artículo 6 de esta ley.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica del Poder Judicial (1 menciones)
- Cita a: Ley Reguladora de las Haciendas Locales (5 menciones)
- Cita a: Ley General Tributaria (1 menciones)
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