ley · BOE-A-2007-12869
Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 3/7/2007
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Ley 12/2007 modifica en profundidad la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, para adaptar el mercado español del gas natural a la Directiva europea 2003/55/CE sobre el mercado interior del gas. Su medida central es la separación funcional de actividades dentro de las empresas gasistas verticalmente integradas, de forma que el transporte y la distribución de gas queden gestionados con independencia de las actividades de producción y comercialización, evitando que una misma empresa favorezca a su propia rama comercial frente a sus competidoras.
A quién afecta: Empresas del sector gasista (transportistas, distribuidoras y comercializadoras), ENAGAS como gestor técnico del sistema, y consumidores de gas natural acogidos a tarifas de último recurso.
- Obliga a las empresas y grupos gasistas a completar antes del 1 de enero de 2008 la separación funcional de sus actividades de transporte y distribución respecto de las de producción y comercialización.
- Regula los derechos de voto en ENAGAS como gestor técnico del sistema gasista, limitando la concentración de participaciones significativas.
- Crea la Oficina de Cambios de Suministrador, encargada de gestionar el proceso cuando un consumidor cambia de comercializadora de gas.
- Establece un calendario de adaptación del sistema tarifario y de supresión progresiva de determinadas tarifas del suministro de gas natural.
¿Qué es la separación funcional que exige esta ley?
La obligación de que, dentro de una misma empresa o grupo gasista, las actividades de transporte y distribución de gas se gestionen de forma independiente de las de producción y comercialización, para no perjudicar a otras comercializadoras competidoras.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Código de Comercio (1 menciones)
- Cita a: Ley de Auditoría de Cuentas (1 menciones)
- Cita a: Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (1 menciones)
- Cita a: Ley de Minas (1 menciones)
- Cita a: Ley del Impuesto sobre Sociedades (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural (1 menciones)
- Modifica a: Ley de Minas (1 notas)
- Modifica a: Ley de Fomento de la Minería (1 notas)
- Modifica a: Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos (70 notas)
- Modifica a: Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (1 notas)
- Modificada por: Orden ITC/1251/2009, de 14 de mayo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, mediante el que se modifica el calendario al que hace referencia la disposición transitoria quinta de la Ley 12/2007, de 2 de julio (1 notas)
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