BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

ley · BOE-A-2007-12869

Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural

Estado
Vigente
Publicación
3/7/2007
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Ley 12/2007 modifica en profundidad la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, para adaptar el mercado español del gas natural a la Directiva europea 2003/55/CE sobre el mercado interior del gas. Su medida central es la separación funcional de actividades dentro de las empresas gasistas verticalmente integradas, de forma que el transporte y la distribución de gas queden gestionados con independencia de las actividades de producción y comercialización, evitando que una misma empresa favorezca a su propia rama comercial frente a sus competidoras.

A quién afecta: Empresas del sector gasista (transportistas, distribuidoras y comercializadoras), ENAGAS como gestor técnico del sistema, y consumidores de gas natural acogidos a tarifas de último recurso.

  • Obliga a las empresas y grupos gasistas a completar antes del 1 de enero de 2008 la separación funcional de sus actividades de transporte y distribución respecto de las de producción y comercialización.
  • Regula los derechos de voto en ENAGAS como gestor técnico del sistema gasista, limitando la concentración de participaciones significativas.
  • Crea la Oficina de Cambios de Suministrador, encargada de gestionar el proceso cuando un consumidor cambia de comercializadora de gas.
  • Establece un calendario de adaptación del sistema tarifario y de supresión progresiva de determinadas tarifas del suministro de gas natural.
¿Qué es la separación funcional que exige esta ley?

La obligación de que, dentro de una misma empresa o grupo gasista, las actividades de transporte y distribución de gas se gestionen de forma independiente de las de producción y comercialización, para no perjudicar a otras comercializadoras competidoras.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Ley de Reforma del Sector de Hidrocarburos de 2007 · BOE Fácil