real decreto · BOE-A-2011-14223
Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 30/8/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios.
A quién afecta: Fabricantes de productos alimenticios y de sus ingredientes.
- Solo pueden utilizarse como disolventes de extracción las sustancias enumeradas en el anexo, dentro de los límites de residuos fijados.
- Los disolventes deben cumplir criterios de pureza, como un contenido de plomo y arsénico inferior a 1 miligramo por kilogramo.
- El etiquetado de los envases debe indicar, al menos en castellano, la denominación, el lote y el fabricante o envasador.
- Deroga el Real Decreto 472/1990, que regulaba anteriormente esta materia.
¿Qué límite máximo de plomo y arsénico deben cumplir los disolventes de extracción alimentarios?
Un contenido inferior a 1 miligramo por kilogramo.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Consejo de Consumidores y Usuarios (1 menciones)
- Cita a: Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (1 menciones)
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