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ley · BOE-A-2011-4288

Ley 3/2011, de 4 de marzo, por la que se regula la Sociedad Cooperativa Europea con domicilio en España

Estado
Vigente
Publicación
8/3/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley reguló el régimen de la Sociedad Cooperativa Europea domiciliada en España, estableciendo las normas sobre su constitución, traslado de domicilio, fusión, transformación y órganos de administración.

A quién afecta: Sociedades cooperativas europeas y sociedades cooperativas españolas que participen en su constitución, fusión o transformación.

  • El artículo 1 establece que se considera sociedad cooperativa europea domiciliada en España aquella cuya administración central y domicilio social se encuentren en territorio español.
  • El artículo 3 exige inscribir la sociedad cooperativa europea en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio en España.
  • El artículo 20 atribuye al Juez de lo Mercantil del domicilio social la competencia para declarar la disolución judicial de la sociedad.
¿Dónde debe inscribirse una sociedad cooperativa europea domiciliada en España?

En el Registro Mercantil que corresponda a su domicilio en España, según el artículo 3 de esta ley.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley de la Sociedad Cooperativa Europea · BOE Fácil