real decreto · BOE-A-2012-12482
Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre, por el que se regula el seguro de responsabilidad civil y la garantía equivalente de los administradores concursales
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 6/10/2012
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el seguro de responsabilidad civil obligatorio de los administradores concursales: deben acreditar su vigencia ante el juzgado al aceptar el cargo, para cubrir los daños que puedan causar a la masa activa del concurso en el ejercicio de sus funciones.
A quién afecta: Administradores concursales, personas físicas o jurídicas, y las empresas y particulares en concurso de acreedores.
- Todo administrador concursal debe acreditar ante el Secretario judicial la vigencia de un seguro o garantía equivalente al aceptar el nombramiento.
- El seguro cubre el riesgo de la obligación de indemnizar al deudor o a los acreedores por daños causados a la masa activa del concurso.
- Cuando el administrador concursal es una persona jurídica, el seguro también cubre a los profesionales que actúen por su cuenta.
- El contrato de seguro debe prorrogarse automáticamente por periodos de un año, salvo oposición expresa de alguna de las partes.
¿Qué debe acreditar un administrador concursal al aceptar su nombramiento?
La vigencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil o una garantía equivalente que cubra los daños que pueda causar a la masa activa del concurso.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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