real decreto · BOE-A-2013-12630
Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 3/12/2013
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el Registro Público Concursal, el portal que da publicidad gratuita a las resoluciones judiciales de los procesos concursales en España, para que cualquier persona pueda consultar la situación concursal de una empresa o particular.
A quién afecta: Empresas y particulares en concurso de acreedores, acreedores y terceros interesados en su situación concursal.
- El acceso al Registro Público Concursal es público, gratuito y permanente, sin necesidad de justificar interés legítimo.
- El Registro depende del Ministerio de Justicia y está adscrito a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
- Se estructura en tres secciones: edictos concursales, publicidad registral de resoluciones concursales, y acuerdos extrajudiciales.
- Los datos personales incluidos se cancelan dentro del mes siguiente a que finalicen sus efectos, conforme a la normativa de protección de datos.
¿Es necesario acreditar un interés legítimo para consultar el Registro Público Concursal?
No, el acceso es público, gratuito y permanente, sin que se requiera justificar ningún interés legítimo.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley Concursal (26 menciones)
- Cita a: Comisión Nacional de Estadística Judicial (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales y por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, en materia de publicidad registral de las resoluciones concursales (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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