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orden · BOE-A-2019-3113

Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación

Estado
Vigente
Publicación
5/3/2019
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Empresa

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden desarrolla el Real Decreto-ley 19/2017 de cuentas de pago básicas, regulando las comisiones máximas, el procedimiento de traslado de cuentas de pago entre entidades y los requisitos de los sitios web de comparación de comisiones.

A quién afecta: Clientes personas físicas de cuentas de pago básicas, entidades de crédito y proveedores de servicios de pago.

  • Se aplica a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago que ofrezcan cuentas de pago a personas físicas que actúen fuera de su actividad comercial o profesional.
  • La entidad no puede cobrar ninguna comisión por la cuenta de pago básica salvo una comisión máxima, única y conjunta que no puede superar los 3 euros mensuales por los servicios incluidos.
  • La ejecución del contrato de cuenta de pago básica se sujeta al marco del Real Decreto-ley 19/2017 y de esta orden, además del resto de normativa de aplicación.
  • La negativa a abrir una cuenta de pago básica, su cancelación injustificada o cualquier controversia pueden reclamarse conforme al sistema de resolución de litigios en el ámbito financiero.
¿Cuánto puede cobrar como máximo una entidad por una cuenta de pago básica?

Una comisión máxima, única y conjunta no superior a 3 euros mensuales por la prestación de los servicios incluidos.

¿Qué se puede hacer si una entidad se niega a abrir una cuenta de pago básica?

Reclamar conforme al sistema de resolución de litigios en el ámbito financiero previsto en la Ley 7/2017.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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