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orden · BOE-A-2021-15776

Orden TED/1022/2021, de 27 de septiembre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de las retribuciones de actividades reguladas, cargos y cuotas con destinos específicos del sector gasista

Estado
Vigente
Publicación
29/9/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden TED/1022/2021 regula los procedimientos de liquidación de peajes, cánones y cargos del sector gasista, sustituyendo el sistema de liquidación única de 2002 por cuatro liquidaciones independientes según la actividad, y adaptando el calendario al nuevo «año de gas» (del 1 de octubre al 30 de septiembre).

A quién afecta: Empresas transportistas, distribuidoras y titulares de plantas de gas natural licuado y almacenamientos subterráneos básicos, así como los tenedores de derechos de cobro del déficit del sistema gasista.

  • Sustituye el procedimiento de liquidación único que había estado en vigor 18 años (desde la Orden ECO/2692/2002) por cuatro liquidaciones independientes: redes locales, transporte troncal, plantas de gas natural licuado y almacenamientos subterráneos básicos, más una liquidación adicional para los cargos (artículo 2.1 y 2.3).
  • Cada procedimiento de liquidación incluye solo los ingresos y costes de esa actividad concreta, sin que puedan producirse pagos o cobros entre actividades diferentes (artículo 2.2).
  • Adapta el calendario de liquidaciones al «año de gas» (del 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente), que pasa a ser la referencia temporal para calcular peajes, cánones, cargos y retribuciones reguladas desde el 1 de octubre de 2021 (preámbulo).
  • Incorpora al sistema de liquidaciones a los tenedores de derechos de cobro del déficit acumulado del sistema gasista a 31 de diciembre de 2014 y al responsable del mercado organizado de gas, garantizando la prevalencia de sus pagos sobre otros costes del sistema (preámbulo).
  • Son sujetos obligados del sistema de liquidaciones los titulares de instalaciones con retribución reconocida, los responsables de la facturación de peajes, cánones y cargos, y los tenedores de derechos de cobro reconocidos por la normativa (artículo 2.5).
¿Cuántas liquidaciones independientes establece esta orden para el sector gasista?

Cuatro liquidaciones por actividad —redes locales, transporte troncal, plantas de gas natural licuado y almacenamientos subterráneos básicos— más una liquidación adicional para los cargos (artículo 2.1 y 2.3).

¿Qué es el «año de gas» que introduce esta orden?

El periodo de referencia para calcular peajes, cánones, cargos y retribuciones, que va del 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente, en vigor desde el 1 de octubre de 2021 (preámbulo).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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