real decreto · BOE-A-1991-18407
Real Decreto 1109/1991, de 12 de julio de 1991, por el que se aprueba la Norma General relativa a los alimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 17/7/1991
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto aprueba la Norma General relativa a los alimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana.
A quién afecta: Fabricantes, transportistas y distribuidores de alimentos ultracongelados.
- Define los alimentos ultracongelados como aquellos sometidos a un proceso de congelación rápida que mantienen una temperatura igual o inferior a -18°C.
- Solo se autorizan como sustancias congelantes en contacto directo con los alimentos el aire, el nitrógeno y el anhídrido carbónico.
- Los medios de transporte y locales de almacenamiento deben disponer de instrumentos de registro automático de temperatura, con documentos conservados al menos un año.
- Los productos destinados exclusivamente a exportación fuera de la CEE que no cumplan la norma deben llevar impresa la palabra «EXPORT» para evitar su comercialización en España.
¿A qué temperatura debe mantenerse un alimento ultracongelado?
A -18°C o menos, admitiéndose fluctuaciones de hasta +3°C durante breves periodos en el transporte.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (1 menciones)
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