real decreto · BOE-A-1993-16128
Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 23/6/1993
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el régimen de los centros docentes extranjeros en España que imparten enseñanzas propias de sistemas educativos de otros países en niveles no universitarios.
A quién afecta: Centros docentes extranjeros establecidos en España y sus alumnos.
- Se aplica a los centros que imparten en España enseñanzas propias de sistemas educativos de otros países, correspondientes a niveles no universitarios del sistema español.
- Los centros extranjeros se rigen por los tratados y convenios internacionales suscritos por España, por la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y por este real decreto.
- Se clasifican en centros que imparten enseñanzas de niveles obligatorios (con o sin enseñanza de lengua y cultura españolas) y centros de niveles no obligatorios.
- Puede ser titular de un centro extranjero cualquier persona física o jurídica, española o extranjera, salvo las excepciones previstas en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
¿Puede una persona extranjera ser titular de un centro docente extranjero en España?
Sí, puede serlo cualquier persona física o jurídica, de nacionalidad española o extranjera, salvo las excepciones previstas en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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