real decreto · BOE-A-2010-4132
Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/3/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación
Este real decreto establece los requisitos mínimos que deben cumplir los centros docentes que impartan educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y educación secundaria, incluidas instalaciones y titulación del profesorado.
A quién afecta: Centros docentes públicos y privados que impartan educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.
- Los requisitos mínimos se refieren a la titulación del profesorado, la relación numérica alumno-profesor, las instalaciones docentes y deportivas y el número de puestos escolares.
- Los centros que ofrecen el segundo ciclo de educación infantil deben contar con un mínimo de tres unidades, con un máximo de 25 alumnos por unidad escolar.
- La atención educativa en el primer ciclo de infantil corre a cargo de profesionales con título de Grado de maestro de educación infantil, título de Maestro o Técnico Superior en Educación Infantil.
- El número de puestos escolares se fija en las disposiciones que autorizan la apertura y funcionamiento del centro, según sus instalaciones y condiciones materiales.
¿Cuántos alumnos como máximo puede haber por unidad en el segundo ciclo de educación infantil?
25 alumnos por unidad escolar.
¿Qué titulación se exige para atender el primer ciclo de educación infantil?
Título de Grado que habilite para maestro de educación infantil, título de Maestro con esa especialidad, o Técnico Superior en Educación Infantil.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley Orgánica de Educación (4 menciones)
- Derogada por: Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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