real decreto · BOE-A-2011-11428
Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 4/7/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigidas a los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para su autorización y funcionamiento.
A quién afecta: Servicios de prevención de riesgos laborales, empresas y personal sanitario especializado en medicina del trabajo.
- Se aplica tanto a los servicios de prevención ajenos como a las empresas que asuman la actividad sanitaria con recursos propios o mancomunados.
- Requiere autorización sanitaria previa por parte de la autoridad sanitaria competente antes de iniciar la actividad.
- El servicio sanitario debe contar con un director técnico especialista en medicina del trabajo y personal cualificado en medicina o enfermería del trabajo.
- Los servicios de prevención ajenos pueden establecer acuerdos de colaboración entre sí, limitados al 10% del volumen total de actividad anual del servicio principal.
¿Qué titulación debe tener el director técnico de un servicio sanitario de prevención de riesgos laborales?
Ser especialista en medicina del trabajo.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Reglamento de los Servicios de Prevención (11 menciones)
- Cita a: Consejo de Consumidores y Usuarios (1 menciones)
- Cita a: Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (1 menciones)
- Cita a: Ley de Prevención de Riesgos Laborales (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
