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real decreto · BOE-A-2011-11428

Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención

Estado
Vigente
Publicación
4/7/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Este real decreto establece los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigidas a los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para su autorización y funcionamiento.

A quién afecta: Servicios de prevención de riesgos laborales, empresas y personal sanitario especializado en medicina del trabajo.

  • Se aplica tanto a los servicios de prevención ajenos como a las empresas que asuman la actividad sanitaria con recursos propios o mancomunados.
  • Requiere autorización sanitaria previa por parte de la autoridad sanitaria competente antes de iniciar la actividad.
  • El servicio sanitario debe contar con un director técnico especialista en medicina del trabajo y personal cualificado en medicina o enfermería del trabajo.
  • Los servicios de prevención ajenos pueden establecer acuerdos de colaboración entre sí, limitados al 10% del volumen total de actividad anual del servicio principal.
¿Qué titulación debe tener el director técnico de un servicio sanitario de prevención de riesgos laborales?

Ser especialista en medicina del trabajo.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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