ley · BOE-A-2011-15625
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/10/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Ley 35/2011, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, permite que ambos miembros de una pareja que trabajan juntos en una explotación agraria figuren como cotitulares, con reparto equitativo de derechos, obligaciones y ayudas públicas: busca reconocer formalmente el trabajo de las mujeres en el medio rural, que tradicionalmente quedaba invisibilizado bajo la titularidad única del cónyuge varón.
A quién afecta: Parejas (matrimoniales o de hecho) que trabajan conjuntamente una explotación agraria, especialmente mujeres del medio rural.
- El Capítulo I fija las disposiciones generales, y el Capítulo II regula el régimen de la titularidad compartida: los requisitos para constituirla y su inscripción en el Registro de Titularidad Compartida.
- El Capítulo III regula las medidas en materia fiscal, de seguridad social y de subvenciones y ayudas públicas asociadas a la titularidad compartida, que benefician a ambos cotitulares por igual.
- El Capítulo IV regula la compensación económica que puede reclamar quien ha colaborado efectivamente en la explotación agraria familiar sin haber sido reconocido como cotitular, en particular en caso de separación o fallecimiento.
¿Qué gana una mujer que trabaja en la explotación agraria de su pareja al inscribirse como cotitular?
Conforme al Capítulo III, obtiene el reconocimiento formal de su actividad, con derecho a las ayudas y subvenciones públicas del sector agrario en igualdad de condiciones, cotización propia a la Seguridad Social, y titularidad compartida de los rendimientos económicos de la explotación, en lugar de depender enteramente de la titularidad única de su pareja.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
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- Cita a: Código Civil (1 menciones)
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- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (1 menciones)
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- Modifica a: Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (2 notas)
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