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ley · BOE-A-2011-15625

Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias

Estado
Vigente
Publicación
5/10/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

La Ley 35/2011, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, permite que ambos miembros de una pareja que trabajan juntos en una explotación agraria figuren como cotitulares, con reparto equitativo de derechos, obligaciones y ayudas públicas: busca reconocer formalmente el trabajo de las mujeres en el medio rural, que tradicionalmente quedaba invisibilizado bajo la titularidad única del cónyuge varón.

A quién afecta: Parejas (matrimoniales o de hecho) que trabajan conjuntamente una explotación agraria, especialmente mujeres del medio rural.

  • El Capítulo I fija las disposiciones generales, y el Capítulo II regula el régimen de la titularidad compartida: los requisitos para constituirla y su inscripción en el Registro de Titularidad Compartida.
  • El Capítulo III regula las medidas en materia fiscal, de seguridad social y de subvenciones y ayudas públicas asociadas a la titularidad compartida, que benefician a ambos cotitulares por igual.
  • El Capítulo IV regula la compensación económica que puede reclamar quien ha colaborado efectivamente en la explotación agraria familiar sin haber sido reconocido como cotitular, en particular en caso de separación o fallecimiento.
¿Qué gana una mujer que trabaja en la explotación agraria de su pareja al inscribirse como cotitular?

Conforme al Capítulo III, obtiene el reconocimiento formal de su actividad, con derecho a las ayudas y subvenciones públicas del sector agrario en igualdad de condiciones, cotización propia a la Seguridad Social, y titularidad compartida de los rendimientos económicos de la explotación, en lugar de depender enteramente de la titularidad única de su pareja.

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