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real decreto ley · BOE-A-2011-16173

Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Estado
Vigente
Publicación
15/10/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto-ley creó el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, fusionando los antiguos fondos de garantía de bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, con una cobertura de hasta 100.000 euros por depositante.

A quién afecta: Todas las entidades de crédito españolas y sus depositantes e inversores.

  • Todas las entidades de crédito españolas pertenecen con carácter obligatorio al nuevo Fondo de Garantía de Depósitos.
  • El importe garantizado de los depósitos tiene como límite 100.000 euros por depositante y entidad.
  • El Fondo está regido por una Comisión Gestora de once miembros, con representantes del Ministerio de Economía, Hacienda, el Banco de España y las asociaciones del sector.
  • El Banco de España somete al Fondo, al menos cada tres años, a pruebas de resistencia de su capacidad de pago.
¿Hasta qué cuantía garantiza el Fondo de Garantía de Depósitos creado por esta norma?

Hasta 100.000 euros por depositante y entidad de crédito.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto-ley del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito · BOE Fácil