real decreto · BOE-A-2013-13647
Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 27/12/2013
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto desarrolla la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles: los requisitos de formación de los mediadores, el seguro de responsabilidad civil obligatorio, y el procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos.
A quién afecta: Mediadores profesionales e instituciones de mediación que operan en España.
- El mediador debe contar con formación específica de al menos 100 horas de docencia efectiva.
- Los mediadores deben realizar formación continua de carácter práctico, con una duración mínima de 20 horas, al menos cada cinco años.
- Regula el alcance de la obligación de asegurar la responsabilidad civil de los mediadores.
- Establece el procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos.
¿Cuántas horas de formación mínima necesita una persona para ejercer como mediador en España?
100 horas de docencia efectiva, además de formación continua práctica de al menos 20 horas cada cinco años.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley Concursal (6 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (1 menciones)
- Cita a: Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica (1 menciones)
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