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real decreto · BOE-A-2016-4777

Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal

Estado
Vigente
Publicación
19/5/2016
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal.

A quién afecta: Personas físicas y jurídicas que hayan realizado ingresos indebidos a la Hacienda Pública estatal.

  • Se aplica cuando existe duplicidad de ingreso, cantidad superior a la debida, ingreso tras prescripción, o cualquier otro error sin obligación de ingresar.
  • El procedimiento puede iniciarse de oficio por la Administración o a instancia del interesado, sea persona física o jurídica.
  • En el procedimiento iniciado a instancia del interesado, la solicitud debe justificar el ingreso indebido y acompañar los documentos acreditativos.
  • El pago de la devolución en la Administración General del Estado corresponde a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
¿Puede iniciarse de oficio el procedimiento de devolución de un ingreso indebido no tributario?

Sí, cuando el órgano competente tenga conocimiento del ingreso indebido y este no se haya devuelto todavía.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Devolución de Ingresos Indebidos no Tributarios · BOE Fácil