real decreto · BOE-A-2016-4777
Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 19/5/2016
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal.
A quién afecta: Personas físicas y jurídicas que hayan realizado ingresos indebidos a la Hacienda Pública estatal.
- Se aplica cuando existe duplicidad de ingreso, cantidad superior a la debida, ingreso tras prescripción, o cualquier otro error sin obligación de ingresar.
- El procedimiento puede iniciarse de oficio por la Administración o a instancia del interesado, sea persona física o jurídica.
- En el procedimiento iniciado a instancia del interesado, la solicitud debe justificar el ingreso indebido y acompañar los documentos acreditativos.
- El pago de la devolución en la Administración General del Estado corresponde a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
¿Puede iniciarse de oficio el procedimiento de devolución de un ingreso indebido no tributario?
Sí, cuando el órgano competente tenga conocimiento del ingreso indebido y este no se haya devuelto todavía.
Normas relacionadas
- Cita a: Reglamento General de Recaudación (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
19 de mayo de 2016
Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal — versión original 2016
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