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real decreto · BOE-A-2021-7689

Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios

Estado
Vigente
Publicación
10/5/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación, exportación y control oficial de los productos fitosanitarios, incluyendo la venta a distancia y un registro electrónico de transacciones.

A quién afecta: Operadores del sector suministrador, usuarios profesionales, empresas de tratamiento y comerciantes de productos fitosanitarios.

  • Regula las condiciones de almacenamiento, comercio con terceros países y venta a distancia de productos fitosanitarios, además de crear un registro electrónico de transacciones.
  • Se aplica a la comercialización, venta en establecimientos abiertos al público o a distancia, y uso de estos productos, incluidos el almacenamiento, importación y exportación.
  • Los productos fitosanitarios de uso profesional deben mantenerse en sus envases de origen, cerrados, en posición vertical y con la etiqueta original íntegra y legible.
  • Los productos de uso no profesional deben exponerse al público separados de piensos o alimentos de consumo humano o animal, y almacenarse fuera del local en zonas totalmente separadas.
¿Qué novedad introduce este real decreto en la comercialización de fitosanitarios?

Crea un registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios, además de regular la venta a distancia.

¿Cómo deben almacenarse los productos fitosanitarios de uso no profesional en los establecimientos?

Expuestos al público en estanterías o lugares independientes, separados de piensos o alimentos de consumo humano o animal.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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