orden · BOE-A-2022-7320
Orden ETD/389/2022, de 29 de abril, por la que se regulan los tipos de cuentas de la Administración General del Estado, de sus organismos autónomos y del resto de entidades del sector público administrativo cuyos recursos financieros integran el Tesoro Público, y se establece el régimen de autorización, apertura y utilización de dichas cuentas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/5/2022
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden regula los tipos de cuentas en las que se sitúan los fondos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo cuyos recursos financieros integran el Tesoro Público, tanto en el Banco de España como en entidades de crédito, y establece el régimen de autorización, apertura, cancelación y control de dichas cuentas, sustituyendo a la Orden EHA/333/2006.
A quién afecta: La Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo estatal cuyos recursos financieros integran el Tesoro Público, así como las entidades de crédito en las que se abren estas cuentas.
- Clasifica las cuentas en cinco tipos: operativas, restringidas de pagos, restringidas de ingresos, otras cuentas de propósito específico y cuentas de unidades en el exterior.
- Las cuentas operativas deben abrirse con carácter general en el Banco de España, salvo autorización expresa de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera por circunstancias excepcionales.
- Las cuentas restringidas de pagos solo pueden usarse para fines tasados: nóminas, pagos a justificar y anticipos de caja fija, gastos electorales y pagos a través de agentes mediadores en el pago.
- La Dirección General del Tesoro y Política Financiera autoriza la apertura, modificación y cancelación de las cuentas, y ejerce un régimen de información y control sobre ellas.
- Deroga la Orden EHA/333/2006, de 9 de febrero, y la Orden EHA/4261/2004, de 27 de diciembre, sobre el Presupuesto monetario de 2005.
¿A qué cuentas se aplica esta orden?
A las cuentas de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y el resto de entidades del sector público administrativo cuyos recursos financieros integran el Tesoro Público, tanto en el Banco de España como en entidades de crédito.
¿Quién autoriza la apertura de estas cuentas?
La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en virtud de los artículos 108 y 109 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (1 menciones)
- Cita a: Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (2 menciones)
- Cita a: Orden EHA/4261/2004, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Presupuesto monetario correspondiente al ejercicio 2005 (2 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Recaudación (4 menciones)
- Cita a: Decreto 680/1974, de 28 de febrero, por el que se dispone el pago de haberes y retribuciones al personal en activo de la Administración del Estado y de los Organismos Autónomos a través de establecimientos bancarios o Cajas de Ahorro (1 menciones)
- Cita a: Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 (1 menciones)
- Cita a: Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado (2 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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