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real decreto · BOE-A-2025-6601

Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad

Estado
Vigente
Publicación
2/4/2025
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio del Interior

Este real decreto reguló el proceso de expedición, gestión y desarrollo del Documento Nacional de Identidad, en sus versiones física y digital, como documento único para acreditar la identidad.

A quién afecta: Todos los ciudadanos españoles mayores de 14 años residentes en España, y la Dirección General de la Policía.

  • El DNI es el único documento con suficiente valor por sí solo para acreditar la identidad y los datos personales de su titular.
  • Permite la identificación electrónica de su titular y la firma electrónica de documentos.
  • Todas las personas con nacionalidad española tienen derecho a que se les expida el DNI, siendo obligatoria su obtención a partir de los 14 años residiendo en España.
  • Corresponde al Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, la competencia exclusiva sobre el DNI.
¿A partir de qué edad es obligatorio obtener el DNI según esta norma?

A partir de los catorce años para las personas residentes en España.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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