real decreto · BOE-A-2025-6601
Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 2/4/2025
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio del Interior
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto reguló el proceso de expedición, gestión y desarrollo del Documento Nacional de Identidad, en sus versiones física y digital, como documento único para acreditar la identidad.
A quién afecta: Todos los ciudadanos españoles mayores de 14 años residentes en España, y la Dirección General de la Policía.
- El DNI es el único documento con suficiente valor por sí solo para acreditar la identidad y los datos personales de su titular.
- Permite la identificación electrónica de su titular y la firma electrónica de documentos.
- Todas las personas con nacionalidad española tienen derecho a que se les expida el DNI, siendo obligatoria su obtención a partir de los 14 años residiendo en España.
- Corresponde al Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, la competencia exclusiva sobre el DNI.
¿A partir de qué edad es obligatorio obtener el DNI según esta norma?
A partir de los catorce años para las personas residentes en España.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica (2 menciones)
- Modifica a: Reglamento de Actuación del Sector Público por Medios Electrónicos (2 notas)
- Modifica a: Real Decreto del Registro de Matrícula Consular (2 notas)
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