real decreto · BOE-A-1982-20739
Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio, por el que se aprueba el anexo cuarto del Reglamento Notarial, relativo al ejercicio de la fe pública en materia electoral
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 14/8/1982
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Justicia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto aprueba el anexo cuarto del Reglamento Notarial, relativo al ejercicio de la fe pública notarial en materia electoral durante elecciones y referéndums.
A quién afecta: Notarios y candidatos en procesos electorales y de referéndum.
- Se aplica a la elección de Diputados y Senadores, Parlamentos autonómicos, Corporaciones Locales y otros cargos de elección directa, así como a los referéndums.
- Corresponde a las Juntas directivas de los Colegios notariales ejecutar lo establecido en el anexo, adoptando las medidas oportunas para atender el servicio electoral.
- Durante los periodos electorales críticos quedan en suspenso las oposiciones entre notarios y los derechos de ausencia y licencia de los notarios residentes en el territorio afectado.
- Los notarios candidatos pueden ausentarse para su campaña, pero tienen prohibido dar fe de los actos de su propio procedimiento electoral.
¿Quién ejecuta las normas de fe pública notarial en materia electoral?
Las Juntas directivas de los Colegios notariales.
¿Puede un notario candidato a un cargo electivo dar fe de los actos de su propia candidatura?
No, tiene expresamente prohibido dar fe de los hechos y actos de su propio procedimiento electoral.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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