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ley organica · BOE-A-1994-24612

Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Estado
Vigente
Publicación
9/11/1994
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley orgánica reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial en materias como la selección de Jueces y Magistrados, el régimen disciplinario, las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y la provisión de plazas por Jueces de provisión temporal.

A quién afecta: Jueces, Magistrados y aspirantes a la Carrera Judicial, y el Consejo General del Poder Judicial en sus funciones de gobierno del Poder Judicial.

  • El artículo 1 modifica el artículo 107 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre selección, formación, ascensos y régimen disciplinario de Jueces y Magistrados.
  • El artículo 7 da nueva redacción al artículo 415, regulando que la responsabilidad disciplinaria solo puede exigirse mediante el procedimiento establecido en ese capítulo.
  • La disposición transitoria cuarta mantiene la provisión de plazas por Jueces en régimen de provisión temporal durante cinco años desde la entrada en vigor de la ley.
¿Durante cuánto tiempo se mantuvo la provisión de plazas por Jueces de provisión temporal tras esta reforma?

Durante un período de cinco años desde la entrada en vigor de la ley, según la disposición transitoria cuarta.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley de Reforma del Poder Judicial de 1994 · BOE Fácil