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real decreto · BOE-A-2004-2752

Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo

Estado
Vigente
Publicación
14/2/2004
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Fomento

Este real decreto establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo en aguas españolas, con el fin de reforzar la seguridad marítima y mejorar la respuesta ante accidentes, incluyendo la obligación de equipar los buques con sistemas de identificación automática.

A quién afecta: Buques mercantes de arqueo bruto igual o superior a 300 toneladas, buques pesqueros de más de 15 metros de eslora, y la Administración marítima española.

  • Se aplica a buques de 300 o más toneladas de arqueo bruto que naveguen en aguas donde España ejerce soberanía o jurisdicción.
  • Excluye, salvo excepciones, a los buques afectos a la defensa nacional o de titularidad pública sin fines comerciales.
  • Obliga a notificar a la entidad gestora del puerto la información previa a la entrada, al menos 24 horas antes de la llegada.
  • Exige a los buques que hagan escala en puertos españoles ir equipados con un sistema de identificación automática (SIA).
  • Extiende la obligación de equipar SIA a los buques pesqueros de más de 15 metros de eslora que faenen en aguas españolas.
¿A qué buques se aplica este real decreto?

A los de arqueo bruto igual o superior a 300 toneladas que naveguen en aguas donde España tiene soberanía o jurisdicción, con excepciones para buques de defensa.

¿Qué es el sistema SIA que deben llevar los buques?

Un sistema de identificación automática que permite el seguimiento de los buques y refuerza la seguridad marítima.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Sistema de Seguimiento del Tráfico Marítimo · BOE Fácil