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real decreto · BOE-A-2005-19154

Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal

Estado
Vigente
Publicación
22/11/2005
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, que desarrolla la Ley de Fundaciones: los requisitos de su denominación, constitución y dotación patrimonial.

A quién afecta: Fundaciones que operan en todo el territorio español, y delegaciones de fundaciones extranjeras en España.

  • Se aplica a las fundaciones que desarrollan su actividad en todo el Estado o principalmente en más de una comunidad autónoma.
  • La denominación de una fundación no puede coincidir o asemejarse a la de otra existente, de forma que induzca a confusión.
  • El establecimiento en España de la delegación de una fundación extranjera debe constar en escritura pública con los datos que acrediten su constitución en origen.
  • El valor de la dotación de una fundación se fija siempre en euros, y las aportaciones no dinerarias deben ser valoradas por un experto independiente.
¿Puede una fundación española tener dos denominaciones distintas?

No, las fundaciones solo pueden tener una denominación.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal · BOE Fácil