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real decreto · BOE-A-2008-978

Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal

Estado
Vigente
Publicación
19/1/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, donde se inscriben las fundaciones españolas y los actos, negocios jurídicos y documentos relativos a ellas.

A quién afecta: Fundaciones de competencia estatal y personas interesadas en constituir o consultar información sobre ellas.

  • El Registro tiene por objeto la inscripción de las fundaciones de competencia estatal, así como de los actos y documentos relativos a ellas.
  • Las fundaciones adquieren personalidad jurídica desde la inscripción de la escritura pública de su constitución en el Registro.
  • El Registro es público para quienes tengan interés en conocer su contenido, aunque la publicidad no alcanza a los datos referidos a los domicilios.
  • Las relaciones entre el Registro y los protectorados ministeriales se rigen por el principio de colaboración para el eficaz cumplimiento de sus competencias.
¿Desde cuándo tiene personalidad jurídica una fundación de competencia estatal?

Desde la inscripción de la escritura pública de su constitución en el Registro de fundaciones.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Reglamento del Registro de Fundaciones · BOE Fácil