real decreto · BOE-A-2005-4573
Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 19/3/2005
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio del Interior
Este real decreto regula las subvenciones que el Estado concede a personas afectadas por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, con carácter subsidiario respecto de otros sistemas de cobertura de daños.
A quién afecta: Unidades familiares y personas que sufren daños personales o materiales por emergencias o catástrofes.
- Estas ayudas tienen carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, del que puedan beneficiarse los afectados.
- Cuando esos sistemas no cubren la totalidad de los daños, la ayuda estatal puede complementar la cobertura hasta cierto límite.
- Se financian con cargo a los créditos ampliables del programa de Protección Civil de los Presupuestos Generales del Estado.
- Pueden ser beneficiarias las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderando la ayuda según sus recursos.
¿Puede una persona recibir esta ayuda estatal si ya tiene un seguro que cubre el daño sufrido?
Solo con carácter subsidiario: si el seguro no cubre la totalidad del daño, la ayuda estatal puede complementar la cobertura hasta cierto límite.
Normas relacionadas
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Ley General Presupuestaria (1 menciones)
- Cita a: Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (3 menciones)
- Modificada por: Real Decreto-ley de Medidas por la Guerra de Ucrania y Apoyo a La Palma (Diciembre 2022) (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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