real decreto · BOE-A-2010-3471
Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 3/3/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de las personas que solicitan obtener o renovar el permiso de conducir en España: su acreditación, personal mínimo y funcionamiento.
A quién afecta: Conductores que solicitan o renuevan su permiso de conducir, y centros de reconocimiento psicofísico autorizados.
- Los centros deben estar autorizados por la autoridad sanitaria y contar con la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
- Deben contar con un equipo mínimo de facultativos: un médico general, un médico oftalmólogo y otros especialistas según se determine.
- Realizan las pruebas necesarias para verificar que el solicitante no está afectado por enfermedades o deficiencias que impidan conducir con seguridad.
- El titular del centro es responsable de que se mantengan en todo momento los elementos personales y materiales mínimos exigidos.
¿Qué especialistas mínimos debe tener un centro de reconocimiento de conductores?
Como mínimo un médico general y un médico oftalmólogo, además de otros facultativos según el tipo de reconocimiento.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial (1 menciones)
- Cita a: Código Penal (1 menciones)
- Cita a: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (1 menciones)
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