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real decreto · BOE-A-2012-5993

Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico

Estado
Vigente
Publicación
5/5/2012
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Competitividad

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico en España: el procedimiento de autorización ante el Banco de España, su inscripción en el Registro Especial, y las condiciones para modificar sus estatutos sociales.

A quién afecta: Entidades que emiten dinero electrónico, y el Banco de España.

  • Toda persona que quiera emitir dinero electrónico debe obtener autorización previa como entidad de dinero electrónico ante el Banco de España.
  • Las entidades autorizadas deben inscribirse en el Registro Especial de entidades de dinero electrónico del Banco de España, accesible en línea.
  • Cualquier cambio sustancial en la información facilitada para la autorización debe comunicarse sin demora al Banco de España.
  • La modificación de los estatutos sociales de estas entidades requiere autorización previa del Banco de España.
¿Ante qué organismo debe solicitarse la autorización para emitir dinero electrónico en España?

Ante el Banco de España, acompañando el programa de actividades y la documentación acreditativa de los requisitos exigidos.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Entidades de Dinero Electrónico · BOE Fácil