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real decreto · BOE-A-2013-10950

Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano

Estado
Vigente
Publicación
19/10/2013
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la distribución e intermediación de medicamentos de uso humano en España: los requisitos de las entidades distribuidoras, la garantía de abastecimiento a farmacias y el papel del director técnico farmacéutico.

A quién afecta: Almacenes mayoristas de medicamentos, laboratorios farmacéuticos, entidades de intermediación, y oficinas de farmacia.

  • La función prioritaria de la distribución de medicamentos es garantizar el abastecimiento a las oficinas de farmacia legalmente autorizadas.
  • Las buenas prácticas de distribución de la Unión Europea son de obligado cumplimiento para entidades de distribución y laboratorios.
  • Cada entidad de distribución debe contar con un director técnico farmacéutico por instalación, con título universitario en Farmacia.
  • El cargo de director técnico es incompatible con otras actividades sanitarias que supongan intereses directos con la distribución.
¿Cuál es la función prioritaria de las entidades de distribución de medicamentos?

Garantizar el abastecimiento a las oficinas de farmacia y servicios de farmacia legalmente autorizados en todo el territorio nacional.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Distribución de Medicamentos de Uso Humano · BOE Fácil