real decreto · BOE-A-2014-6008
Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 7/6/2014
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en España: quién puede acceder, los principios de admisión y los límites máximos de plazas.
A quién afecta: Estudiantes que solicitan el acceso a estudios universitarios de Grado, y universidades españolas.
- Pueden acceder a estudios de Grado quienes posean el título de Bachiller español o un título extranjero declarado equivalente, entre otras vías.
- La admisión debe respetar los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad.
- Los procedimientos de admisión deben garantizar la accesibilidad de los estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales.
- El Gobierno puede establecer límites máximos de plazas, previo acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria.
¿Qué principios deben respetar los procedimientos de admisión a la universidad según este real decreto?
Los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad, garantizando además la accesibilidad para estudiantes con discapacidad.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (2 menciones)
- Cita a: Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (1 menciones)
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