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orden · BOE-A-2021-20478

Orden PCM/1383/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro de Funcionarios Habilitados en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público

Estado
Vigente
Publicación
11/12/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden crea el Registro de Funcionarios Habilitados (RFH) en el ámbito de la Administración General del Estado, sus organismos públicos y entidades de derecho público, donde se inscribe al personal funcionario autorizado para actuar en nombre de los ciudadanos en trámites administrativos concretos: asistencia en identificación y firma electrónica, expedición de copias auténticas de documentos, y personal de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros.

A quién afecta: El personal funcionario de la Administración General del Estado susceptible de ser habilitado, la Dirección General de Gobernanza Pública y la Secretaría General de Administración Digital como órganos gestores del registro, y los ciudadanos que requieren asistencia de un funcionario habilitado para realizar trámites electrónicos con la Administración.

  • El registro se organiza en tres categorías de habilitación: asistencia a los interesados en la identificación y firma electrónica, expedición de copias auténticas de documentos, y personal de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros.
  • La gestión del registro corresponde a la Dirección General de Gobernanza Pública, mientras que la plataforma tecnológica que lo soporta depende de la Secretaría General de Administración Digital.
  • Cada inscripción recoge el DNI y nombre del funcionario, los códigos de su órgano y puesto de destino, su correo electrónico, las fechas y tipos de habilitación concedidos, los procedimientos para los que está habilitado, y en su caso la fecha y causa de la baja.
  • Las habilitaciones tienen una vigencia de cinco años, son renovables y pueden revocarse en cualquier momento, quedando vinculadas al puesto de trabajo concreto y al inventario de procedimientos del órgano correspondiente.
  • La orden sustituye el sistema anterior de habilitaciones dispersas por procedimiento, unificando en un único registro centralizado quién puede actuar en nombre de un ciudadano ante la Administración electrónica.
¿Qué es el Registro de Funcionarios Habilitados?

Es un registro único, gestionado por la Dirección General de Gobernanza Pública, en el que se inscribe al personal funcionario de la Administración General del Estado autorizado para actuar en nombre de los ciudadanos en trámites concretos, como la identificación y firma electrónica o la expedición de copias auténticas.

¿Cuánto dura una habilitación una vez concedida?

Cinco años, renovables. La habilitación puede revocarse en cualquier momento y está vinculada al puesto de trabajo concreto del funcionario, no a la persona con independencia de su destino.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Registro de Funcionarios Habilitados · BOE Fácil