real decreto · BOE-A-1995-26896
Real Decreto 1907/1995, de 24 de noviembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos electorales a las formaciones políticas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 14/12/1995
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos electorales a las formaciones políticas, atribuyendo su gestión a la Dirección General de Procesos Electorales.
A quién afecta: Formaciones políticas que concurran a elecciones o reciban financiación pública anual.
- La tramitación de las subvenciones por gastos electorales y de las subvenciones estatales anuales corresponde a la Dirección General de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo.
- Cuando una formación política sea deudora del Tesoro Público, se aplican reglas de compensación al proponer el gasto de la subvención correspondiente.
- Los administradores de las formaciones políticas deben comunicar los datos de sus cuentas corrientes de ingresos y gastos electorales a las Juntas Electorales Central o Provinciales.
- Contra los actos administrativos dictados en aplicación de este real decreto puede interponerse recurso en el plazo de un mes desde su notificación.
¿Qué órgano tramita las subvenciones estatales a los partidos políticos?
La Dirección General de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo del Ministerio de Justicia e Interior.
¿Qué ocurre si una formación política es deudora del Tesoro Público?
Se aplican reglas de compensación al proponer el gasto de la subvención que le corresponda.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica del Régimen Electoral General (6 menciones)
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