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real decreto · BOE-A-2007-10867

Real Decreto 543/2007, de 27 de abril, por el que se determinan las normas de seguridad y de prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24 metros de eslora (L)

Estado
Vigente
Publicación
1/6/2007
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Fomento

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto determina las normas técnicas de seguridad y de prevención de la contaminación que deben cumplir los buques pesqueros abanderados en España con esloras inferiores a 24 metros.

A quién afecta: Armadores y patrones de embarcaciones pesqueras españolas de menos de 24 metros de eslora.

  • Se aplica a todas las embarcaciones pesqueras abanderadas en España con eslora inferior a 24 metros, con cubierta, cubierta parcial o sin cubierta.
  • Clasifica las embarcaciones de pesca de eslora menor de 24 metros según su tipo de actividad, incluida la pesca local.
  • Todos los buques y embarcaciones sujetos a este real decreto deben llevar su matrícula fijada a ambos costados de la proa, visible desde el mar y desde el aire.
  • Regula las equivalencias y exenciones que puede autorizar la Administración marítima respecto a los accesorios y dispositivos exigidos.
¿A qué embarcaciones se aplica este real decreto de seguridad de buques pesqueros?

A todas las embarcaciones pesqueras abanderadas en España con eslora inferior a 24 metros.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Seguridad de Buques Pesqueros Menores de 24 Metros · BOE Fácil