ley · BOE-A-2012-9111
Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 7/7/2012
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Ley 4/2012, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico (conocida como ley de «multipropiedad»), regula estos contratos y también los de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio, reforzando la protección del consumidor frente a prácticas comerciales agresivas históricamente asociadas a este sector, como el cobro de anticipos antes del período de desistimiento.
A quién afecta: Consumidores que adquieren un derecho de aprovechamiento por turno de un alojamiento turístico o un producto vacacional de larga duración, y empresas del sector turístico que comercializan estos productos.
- El Título I fija normas generales: ámbito de aplicación (Capítulo I), publicidad e información precontractual obligatoria (Capítulo II) y formalización del contrato (Capítulo III).
- El Capítulo IV regula el derecho de desistimiento del consumidor (con un plazo mínimo de catorce días) y prohíbe el cobro de anticipos antes de que ese plazo termine.
- El Capítulo VI regula la información al consumidor y la reclamación extrajudicial, y el Capítulo VII la tutela judicial y administrativa frente a incumplimientos.
- El Título II fija normas especiales sobre el aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico en sentido estricto, incluyendo el régimen aplicable al incumplimiento de los servicios pactados.
¿Puede la empresa cobrarme un anticipo antes de que firme el contrato de multipropiedad?
No: el Capítulo IV del Título I prohíbe expresamente cobrar cualquier anticipo, prestar garantías, reservar dinero en cuentas, reconocer deudas o cualquier otra contraprestación del consumidor a favor del empresario durante el período en que puede ejercer su derecho de desistimiento.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias (4 menciones)
- Cita a: Código Civil (3 menciones)
- Cita a: Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (2 menciones)
- Cita a: Ley Hipotecaria (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio (1 menciones)
- Modificada por: Ley Orgánica de los Tribunales de Instancia (2 notas)
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