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real decreto · BOE-A-2017-6585

Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados

Estado
Vigente
Publicación
10/6/2017
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco en España: ingredientes, emisiones máximas, etiquetado, envasado, trazabilidad y medidas de seguridad, transponiendo la normativa europea en la materia.

A quién afecta: Fabricantes e importadores de productos del tabaco y productos relacionados, y consumidores.

  • Los cigarrillos comercializados en España no pueden superar 10 mg de alquitrán, 1 mg de nicotina y 10 mg de monóxido de carbono por cigarrillo.
  • Prohíbe los productos del tabaco con aroma característico o que contengan aromatizantes que modifiquen su olor o sabor.
  • Los fabricantes e importadores deben comunicar a la Dirección General de Salud Pública la lista de ingredientes y emisiones de sus productos.
  • Regula la trazabilidad y las medidas de seguridad de los productos del tabaco, además de los productos del tabaco novedosos.
¿Qué límite de nicotina por cigarrillo establece este real decreto?

1 mg de nicotina por cigarrillo, además de un máximo de 10 mg de alquitrán y 10 mg de monóxido de carbono.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Productos del Tabaco · BOE Fácil