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real decreto · BOE-A-2020-5898

Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino

Estado
Vigente
Publicación
10/6/2020
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto adopta medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, estableciendo una ayuda a la destilación de crisis del vino excedentario.

A quién afecta: Destiladores autorizados y productores de vino que suscriban contratos de destilación de crisis.

  • Establece una ayuda voluntaria a la destilación de crisis para vino a granel con al menos 11% de grado alcohólico producido en España.
  • El volumen inicial de vino con ayuda es de 2 millones de hectolitros, repartidos entre vinos con Denominación de Origen Protegida y el resto de vinos.
  • Los beneficiarios son los destiladores autorizados que transforman vino en alcohol, mediante contratos con los productores.
  • El importe de la ayuda varía entre 0,30 y 0,40 euros por litro de vino destilado, según tenga o no Denominación de Origen Protegida.
  • Las comunidades autónomas gestionan las solicitudes de ayuda y las comunican al FEGA dentro de los plazos establecidos.
¿A quién beneficia la ayuda a la destilación de crisis regulada en este real decreto?

A los destiladores autorizados que transforman en alcohol el vino excedentario adquirido a los productores mediante contrato.

¿Qué importe tiene la ayuda por litro de vino destilado?

Entre 0,30 euros por litro para el vino sin Denominación de Origen Protegida y 0,40 euros por litro para el vino con esa denominación.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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