real decreto · BOE-A-2023-22765
Real Decreto 815/2023, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/11/2023
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto desarrolla la Ley de los Mercados de Valores en relación con los registros oficiales de la CNMV, la cooperación con otras autoridades supervisoras y la supervisión de las empresas de servicios de inversión.
A quién afecta: Empresas de servicios de inversión y entidades responsables de los registros contables de valores supervisadas por la CNMV.
- Desarrolla el régimen jurídico de las potestades administrativas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) previstas en la Ley de los Mercados de Valores.
- La CNMV mantiene registros oficiales públicos, entre ellos el de entidades responsables del registro contable de emisiones de valores.
- El Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones deben cooperar estrechamente en el control e inspección de entidades financieras.
- La CNMV facilita sin demora a las autoridades europeas de supervisión la información necesaria para el desempeño de sus funciones que estas le requieran.
¿Qué registros oficiales mantiene la CNMV según este real decreto?
Entre otros, el registro de entidades responsables del registro contable de las emisiones de valores representados mediante anotaciones en cuenta.
¿Con qué otras autoridades debe cooperar la CNMV?
Con el Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y las autoridades europeas de supervisión, entre otras.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley del Mercado de Valores (2 menciones)
- Cita a: Ley de Sociedades de Capital (1 menciones)
- Cita a: Registro Nacional de Derechos de Emisión (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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