ley · BOE-A-2003-21052
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 19/11/2003
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Ley 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas, reconoce el título oficial de familia numerosa (general o especial, según el número de hijos) y establece los beneficios sociales, fiscales y de otro tipo a los que da derecho: descuentos en transporte y servicios públicos, ventajas en el acceso a la vivienda, y beneficios en el ámbito tributario.
A quién afecta: Familias con tres o más hijos (o con dos en determinados supuestos, como discapacidad de alguno de ellos), y organismos y empresas que aplican los descuentos y beneficios reconocidos a los titulares del título.
- El Título I fija las disposiciones generales: qué se considera familia numerosa y los requisitos y categorías (general y especial) del título que la acredita.
- El Título II regula la acción protectora: beneficios sociales (Capítulo I), beneficios en actividades y servicios públicos o de interés general, como transporte o cultura (Capítulo II), acción protectora en materia de vivienda (Capítulo III) y en materia tributaria (Capítulo IV).
- El Título III regula el régimen de obligaciones de los titulares del título, así como las infracciones y sanciones aplicables en caso de uso indebido.
¿Qué diferencia hay entre familia numerosa general y especial?
El Título I distingue dos categorías: la general (por ejemplo, tres o cuatro hijos) y la especial (por ejemplo, cinco o más hijos, o familias con menos hijos pero con circunstancias especiales, como discapacidad), que da acceso a mayores beneficios conforme al Título II.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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