orden · BOE-A-2015-5748
Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 26/5/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Competitividad
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España —la Cámara de Comercio de España—, la corporación de derecho público que representa y coordina a las cámaras de comercio autonómicas y a las grandes empresas y organizaciones empresariales del país, en aplicación de la Ley 4/2014 que reformó el sistema de cámaras oficiales tras la extinción del antiguo Consejo Superior de Cámaras.
A quién afecta: Las Cámaras de Comercio autonómicas, las grandes empresas contribuyentes, las organizaciones empresariales y de autónomos representativas, y los ministerios con representación en el Pleno de la Cámara de Comercio de España.
- La Cámara de Comercio de España es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia, integrada por las cámaras autonómicas y de Ceuta y Melilla, grandes empresas, organizaciones empresariales y de autónomos, ministerios competentes y federaciones de cámaras españolas en el extranjero.
- El Pleno, órgano supremo de gobierno con mandato de cuatro años, se compone entre otros de los presidentes de las cámaras autonómicas, 28 vocales de las grandes empresas propuestos por el Ministerio de Economía según su contribución al Valor Añadido Bruto, y 10 vocales en representación de distintos ministerios.
- El Reglamento fue aprobado por el Pleno por mayoría absoluta el 28 de abril de 2015, tras un trámite de alegaciones en el que se recibieron 78 propuestas de 11 miembros, de las cuales 46 se incorporaron al texto final.
- Entre las funciones del Pleno están aprobar el Reglamento y sus modificaciones, elegir al Comité Ejecutivo, nombrar al Director Gerente y al Secretario General, y aprobar las cuentas anuales y los presupuestos para su remisión al Ministerio de Economía para aprobación definitiva.
- Los acuerdos vinculantes para todas las cámaras en el marco de sus funciones públicas requieren una mayoría reforzada de dos tercios de los votos presentes en el Pleno.
¿Quién compone el Pleno de la Cámara de Comercio de España?
Los presidentes de las cámaras autonómicas y de Ceuta y Melilla, 28 vocales de las grandes empresas de mayor contribución propuestos por el Ministerio de Economía, 9 vocales de organizaciones empresariales, 10 vocales en representación de distintos ministerios, y 2 vocales de las federaciones de cámaras españolas en el extranjero.
¿Qué mayoría hace falta para que el Pleno apruebe acuerdos vinculantes para todas las cámaras de comercio?
Una mayoría reforzada de dos tercios de los votos presentes, en el marco de las funciones públicas descritas en la Ley 4/2014.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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