real decreto · BOE-A-2008-18702
Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 20/11/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el reconocimiento en España de las cualificaciones profesionales obtenidas en otros Estados miembros de la Unión Europea, incluido el ejercicio de la profesión de abogado, incorporando las Directivas europeas sobre cualificaciones profesionales.
A quién afecta: Nacionales de Estados miembros de la Unión Europea que quieren ejercer en España una profesión regulada obtenida en otro país europeo.
- El reconocimiento de la cualificación profesional permite ejercer en España la misma profesión que en el Estado miembro de origen, con los mismos derechos que los nacionales españoles.
- Se aplica a profesiones reguladas, es decir, aquellas cuyo acceso o ejercicio exige estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales.
- La cualificación profesional puede acreditarse mediante un título de formación, un certificado de competencia, o experiencia profesional formalmente reconocida.
- Un título de formación de un tercer país puede equipararse a un título europeo si concurren determinadas condiciones de reconocimiento previo y experiencia profesional.
¿Con qué derechos puede ejercer en España quien obtiene el reconocimiento de su cualificación profesional europea?
Con los mismos derechos que los nacionales españoles que ejercen esa misma profesión.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (3 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (2 menciones)
- Cita a: Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (1 menciones)
- Cita a: Estatuto Básico del Empleado Público (1 menciones)
- Modifica a: Real Decreto 607/1986, de 21 de marzo, de desarrollo de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 22 de marzo de 1977, encaminada a facilitar el ejercicio efectivo de la libre prestación de servicios de los Abogados (1 notas)
- Modifica a: Real Decreto 936/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el ejercicio permanente en España de la profesión de abogado con título profesional obtenido en otro estado miembro de la Unión Europea (1 notas)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
