real decreto · BOE-A-2026-3215
Real Decreto 90/2026, de 11 de febrero, por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud para pacientes no hospitalizados y se determinan los márgenes correspondientes a su distribución y dispensación
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/2/2026
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el procedimiento para incluir productos sanitarios destinados a pacientes no hospitalizados en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, fijando su financiación pública, precio y márgenes de distribución y dispensación.
A quién afecta: Empresas fabricantes o distribuidoras de productos sanitarios, farmacias y pacientes no hospitalizados que utilizan estos productos con cargo al Sistema Nacional de Salud.
- Regula el procedimiento de inclusión, modificación o exclusión de productos sanitarios en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
- La financiación pública requiere una resolución expresa de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
- El procedimiento se inicia a solicitud de la empresa ofertante, que debe aportar la descripción técnica del producto y una propuesta de precio máximo.
- Se emite un informe técnico de evaluación motivado antes de resolver sobre la inclusión y el precio.
- Determina los márgenes correspondientes a la distribución y dispensación de estos productos.
¿Quién puede solicitar la inclusión de un producto sanitario en la financiación del Sistema Nacional de Salud?
La empresa ofertante del producto, que debe presentar la documentación técnica y económica exigida.
¿Qué determina este real decreto además de la financiación?
También fija los márgenes de distribución y dispensación de los productos sanitarios financiados.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Consejo de Consumidores y Usuarios (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (2 menciones)
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