real decreto · BOE-A-2009-14788
Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 18/9/2009
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto aprueba el Reglamento General de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que regula el régimen jurídico patrimonial de la Administración General del Estado, incluida la declaración del Estado como heredero de personas fallecidas sin herederos.
A quién afecta: Administración General del Estado y sus organismos públicos, y Delegaciones de Economía y Hacienda.
- Regula el régimen jurídico patrimonial de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
- Establece el procedimiento para que el Estado obtenga la declaración de heredero abintestato cuando una persona fallece sin herederos legítimos conocidos.
- El procedimiento se inicia de oficio por la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia del último domicilio del fallecido.
- Impone el deber de comunicar estos fallecimientos a quienes, por razón de su cargo público, tengan noticia de ellos.
¿Qué ocurre con los bienes de una persona que fallece en España sin herederos conocidos?
La Administración General del Estado puede iniciar de oficio un procedimiento para ser declarada heredera abintestato y gestionar el caudal hereditario, conforme a este reglamento.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Código Civil (10 menciones)
- Cita a: Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (7 menciones)
- Cita a: Ley Hipotecaria (3 menciones)
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
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