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real decreto · BOE-A-2022-2850

Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal

Estado
Vigente
Publicación
23/2/2022
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el régimen de sustituciones y las medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal, para atender vacantes y ausencias de los titulares de las fiscalías.

A quién afecta: Fiscales sustitutos y fiscalías del Ministerio Fiscal.

  • No se aplica a las ausencias por vacaciones anuales retribuidas ni a las ausencias inferiores a diez días, salvo que se deban a enfermedad acreditada del titular.
  • Tampoco se aplica a la sustitución de un fiscal superior o de un fiscal jefe, que se rige por el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
  • Procede la sustitución para atender necesidades funcionales de la fiscalía, entre otros supuestos, ante plazas vacantes en tanto se proveen o ausencias reglamentarias de los titulares.
  • Los abogados o abogadas fiscales sustitutos no pueden en ningún caso desempeñar funciones en fiscalías, cargos o puestos que deban cubrirse por nombramiento directo o discrecional.
¿Se aplica este real decreto a las ausencias por vacaciones de un fiscal?

No, el real decreto no se aplica a las ausencias derivadas del disfrute de las vacaciones anuales retribuidas.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Sustituciones en el Ministerio Fiscal · BOE Fácil