real decreto legislativo · BOE-A-2013-12632
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 3/12/2013
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que reúne en un único texto los derechos de las personas con discapacidad en España: a la protección de la salud, a la educación, al trabajo, a la vida independiente, y el derecho a la igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de discapacidad.
A quién afecta: Personas con discapacidad y sus familias, y las Administraciones y empresas obligadas a garantizar sus derechos.
- El Título I reconoce los derechos y obligaciones: prestaciones sociales y económicas, protección de la salud, atención integral, educación, vida independiente, trabajo, protección social y participación en los asuntos públicos.
- El Título II regula la igualdad de oportunidades y no discriminación: el derecho a la igualdad de oportunidades y las medidas de fomento y defensa frente a su vulneración.
- El Título III regula las infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
- Al ser un texto refundido, reúne normativa que antes estaba dispersa, principalmente la antigua Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) y la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de 2003.
¿Qué se entiende por accesibilidad universal en esta ley?
Es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos y herramientas, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad, regulada como principio en el Título II.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Citada por: Ley Orgánica del Poder Judicial (1 menciones)
- Citada por: Distintivo Igualdad en la Empresa (1 menciones)
- Cita a: Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (3 menciones)
- Cita a: Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (2 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Estatuto de los Trabajadores (3 menciones)
- Cita a: Código de Comercio (1 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Recaudación (1 menciones)
- Citada por: Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (2 menciones)
- Citada por: Vacaciones, Permisos y Licencias de las Fuerzas Armadas (1 menciones)
- Citada por: Ley Orgánica de Reforma del Poder Judicial de 2015 (1 menciones)
- Citada por: Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (1 menciones)
- Citada por: Ley de Accesibilidad de Productos y Servicios (3 menciones)
- Citada por: Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I (1 menciones)
- Citada por: Adaptación de Medios y Tiempos en Procesos Selectivos para Personas con Discapacidad (2 menciones)
- Modificada por: Ley de Accesibilidad Cognitiva (10 notas)
- Modificada por: Ley de Empleo (3 notas)
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