real decreto ley · BOE-A-2017-15837
Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 30/12/2017
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto-ley reguló el régimen jurídico de los mercados regulados de instrumentos financieros españoles para homologarlos con la Directiva europea MiFID II, estableciendo los requisitos de autorización y supervisión de la CNMV.
A quién afecta: Mercados regulados de valores, sus organismos rectores y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
- Los mercados regulados deben obtener la autorización de la CNMV para dar comienzo a su actividad.
- Los mercados regulados están regidos y administrados por una entidad con la condición legal de organismo rector.
- Los mercados regulados deben implantar sistemas y procedimientos que garanticen la resistencia y capacidad de sus sistemas de negociación.
- Regula requisitos específicos para la negociación algorítmica y el acceso electrónico directo a los mercados.
¿Qué organismo autoriza el inicio de actividad de un mercado regulado en España?
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley del Mercado de Valores (19 menciones)
- Cita a: Constitución Española (4 menciones)
- Cita a: Ley de Sociedades de Capital (1 menciones)
- Cita a: Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (1 menciones)
- Deroga a: Ley del Mercado de Valores (19 notas)
- Modifica a: Ley del Mercado de Valores (2 notas)
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